La ley audiovisual aprobada en 2005 por el Parlamento de Cataluña es la primera ley que reconoce los medios sin ánimo de lucro en el estado español.
Es un reconocimiento marginal, que no garantiza espectro radioeléctrico para este tipo de medios, que son considerados como medios privados pero sin ánimo de lucro. Se incluyen dentro esta categoría los medios creados por universidades, así como canales dirigidos a comunidades geográficas y de interés. Se los caracteriza por la participación, además de por su carácter no comercial, y se les prohíbe hacer publicidad, excepto de actividades de economía social.
La aplicación de esta ley queda pendiente de los reglamentos que se habrán de desarrollar para regular el procedimiento para obtener licencias (competencia autonómica), así como de los reglamentos técnicos de reparto del espectro radioeléctrico (competencia estatal).
En la asamblea de la ACS de julio de 2004 en la Casa de la Solidaridad se decidió intervenir en el proceso de redacción y aprobación de la nueva Ley de lo Audiovisual que se iniciaba en el Parlamento de Cataluña. El objetivo era que la nueva ley reconociera un tercer sector audiovisual formato por los medios comunitarios, garantizando su viabilidad y unas condiciones mínimas de acceso de la ciudadanía. Fuimos al Parlamento para reclamar el reconocimiento del tercer sector audiovisual, presentamos enmiendas a la proposición de ley, se organizaron debates y se mantuvieron reuniones con entidades, instituciones y partidos políticos para intentar conseguir un espacio legal en el espectro radioeléctrico para los medios libres, alternativos, de los movimientos sociales o comunitarios. Finalmente, sólo ERC recogió algunas de nuestras enmiendas finales al proyecto de ley pero, aún así, el redactado final de la ley queda muy lejos de las demandas del sector, y la ACS lo consideró totalmente insuficiente.